A la hora de comprar un coche eléctrico, o en el caso de que ya lo tengas, lo cierto es que, para poder llegar a aprovechar realmente este tipo de vehículo se necesitará un punto de recarga propio y no solamente recurrir a los puntos establecidos que se pueden encontrar en diferentes superficies, como centros comerciales, supermercados o gasolineras. Estas son las ventajas de tener un punto de recarga en casa que deberemos tener en cuenta:
- Podemos aprovechar las horas nocturnas para realizar una recarga completa. O, más bien, aprovechar las horas valle para que podamos reducir la factura de la luz.
- Tampoco es bueno utilizar continuamente los puntos de recarga rápidos para que la vida útil de la batería dure más tiempo.
- Será más cómodo y práctico, porque no tendremos que ir a un punto de determinado para suministrar energía al coche eléctrico.
- Además, será más seguro, porque al estar en casa o en la plaza de garaje que tengas estará más protegido en todo momento que si se encuentra en la calle en un punto de recarga público.
¿Y si tengo un punto de recarga en una plaza de garaje alquilada?
Hoy en día muchos de nosotros vivimos en un bloque de pisos que no tiene cochera propia, por lo que nos toca alquilar la de otro bloque de pisos. Si es tu caso, y tienes un coche eléctrico, debes saber que también tienes la posibilidad de instalar un cargador en estas plazas de garaje. Lo único que debemos tener en cuenta es que nosotros somos arrendatarios de esta plaza, por lo que para instalarla deberemos consultar primeramente al arrendatario.
Si este nos da su visto bueno para que instalemos en dicha plaza el cargador, nos tocará seguir los pasos que tienes más abajo. Eso sí, aunque el propietario de la plaza es siempre el que se encarga de todos los gastos asociados al cargador, en el caso de que tengamos la plaza alquilada deberemos ser nosotros los que nos encarguemos de dichos gastos, así como de los gastos de luz asociados. Si en un futuro decides que quieres dejar la plaza para buscar otra, puedes hablar con el arrendador para que se quede la instalación pagándote el importe que pagaste tú por ella; o también podrás llevártela tú, ya que has corrido con los gastos de instalación.
Normas a seguir
Como indica el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Valencia, en muchas ocasiones supone realizar una reforma de la instalación eléctrica común para disponer de varios cargadores, con los costes que acarrea para todos los vecinos y no sólo para los interesados, algo que no entienden en comunidades pequeñas o con residentes de avanzada edad.
Una vez comprendido esto, y con el fin de llevar a cabo la gestión de la instalación de nuestro punto de carga en el garaje, tenemos que seguir algunas normas importantes. Todas ellas, además de enmarcarse dentro del marco legal de la ley de Propiedad Horizontal, recogen que será necesario que los responsables de la ejecución se acojan a las instrucciones del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad ITC-BT-52 sobre “Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos” que se recoge en el BOE de 31 de diciembre de 2014.
Comunicación, previa a instalación
El primer paso a seguir es informar a la comunidad de vecinos presentando un documento escrito al presidente o administrador de la finca comunicando que vas a instalar un punto de recarga para un vehículo eléctrico. Se hará al menos 30 días antes del inicio de la obra. También debe entregarse la memoria técnica o proyecto de instalación donde se detalle el trazado que va a seguir la canalización del cableado. No te preocupes por ello, ya que no necesitarás la aprobación de los demás vecinos para ello.
El punto de recarga debe situarse en la plaza individual del interesado y es éste el que debe asumir la totalidad de los costes de la instalación. “En caso de que se quiera instalar el cargador fuera de las líneas que delimitan la plaza de aparcamiento, se necesitará autorización de la comunidad, que deberá aprobarlo por doble mayoría».